El Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura publica los avisos que a continuación se exponen relativos a novedades para trámites de ciudadanos:
Aviso del Sistema de Información Administrativa del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura
AVISO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA
Novedades para trámites de ciudadanos
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN.
AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO: INSERCIÓN LABORAL DE UN FAMILIAR COLABORADORCONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN. – (SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
Finalidad
Las ayudas contenidas en este programa se dirigen a fomentar la inserción laboral de un familiar del trabajador autónomo principal mediante la prestación de servicios en el negocio familiar y su incorporación obligatoria al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social como autónomo colaborador. Dará derecho a la ayuda una sola incorporación al negocio familiar. A estos efectos se considera “familiar del trabajador autónomo principal”: el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas que hayan iniciado una actividad empresarial como trabajadores autónomos por cuenta propia, aún cuando éstos se integren en la forma de comunidades de bienes o sociedades civiles que carezcan de personalidad jurídica, así como a los trabajadores autónomos económicamente dependientes de otro empresario, siendo responsables de los derechos y obligaciones derivados de la subvención
Plazo de presentación
Entre el mes natural en el que se produce el alta de referencia y los cinco meses naturales siguientes.
órgano gestor
(SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO C/SAN SALVADOR, 9 06800 MERIDA
lugar de presentación
Descargas
Información complementaria
a) Es requisito haber estado “desempleado” hasta la “fecha de alta de referencia”. Excepcionalmente se considerarán desempleados a aquellos que hayan figurado inscritos en el Servicio Extremeño Público de Empleo como demandantes de empleo en algún momento, dentro del periodo de los tres meses anteriores a la fecha de alta de referencia, siempre y cuando hayan carecido de ocupación desde el último periodo de inscripción hasta dicha fecha. b) Que la actividad radique y se mantenga en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los beneficiarios deberán tener, igualmente, vecindad administrativa en Extremadura. c) Que la actividad tenga carácter estable, corresponda al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o aquel que legalmente o estatutariamente le corresponda y se desarrolle de forma individualizada, sin dependencia de empresas constituidas mediante fórmulas jurídicas de sociedades mercantiles. d) No podrán estar incursos en alguna de las circunstancias que contempla el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO: ESTABLECIMIENTO DE DESEMPLEADO COMO AUTÓNOMOCONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN. – (SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
Finalidad
Las ayudas contenidas en este programa se dirigen a fomentar la creación de empleo estable mediante la constitución de desempleados en trabajadores autónomos por cuenta propia.
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas que hayan iniciado una actividad empresarial como trabajadores autónomos por cuenta propia, aún cuando éstos se integren en la forma de comunidades de bienes o sociedades civiles que carezcan de personalidad jurídica, así como a los trabajadores autónomos económicamente dependientes de otro empresario, siendo responsables de los derechos y obligaciones derivados de la subvención
Plazo de presentación
Entre el mes natural en el que se produce el alta de referencia y los cinco meses naturales siguientes.
Tramitar por…
internet
No tramitable por internet
órgano gestor
(SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO C/SAN SALVADOR, 9 06800 MERIDA
lugar de presentación
Descargas
Información complementaria
a) Es requisito haber estado “desempleado” hasta la “fecha de alta de referencia”. Excepcionalmente se considerarán desempleados a aquellos que hayan figurado inscritos en el Servicio Extremeño Público de Empleo como demandantes de empleo en algún momento, dentro del periodo de los tres meses anteriores a la fecha de alta de referencia, siempre y cuando hayan carecido de ocupación desde el último periodo de inscripción hasta dicha fecha.
b) Que la actividad radique y se mantenga en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los beneficiarios deberán tener, igualmente, vecindad administrativa en Extremadura.
c) Que la actividad tenga carácter estable, corresponda al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o aquel que legalmente o estatutariamente le corresponda y se desarrolle de forma individualizada, sin dependencia de empresas constituidas mediante fórmulas jurídicas de sociedades mercantiles.
d) No podrán estar incursos en alguna de las circunstancias que contempla el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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